reformas vehículo histórico
reformas vehículo histórico PREVIAS A LA CLASIFICACIÓN
Se aceptarán piezas que ya no existan o que no puedan ser adquiridas a precio razonable, así como elementos fungibles , que puedan ser sustituidas por reproducciones o equivalencias fabricadas con posterioridad al periodo de fabricación normal.
Se permiten aquellas reformas, siempre que cumplan los requisitos recogidos en el reglamento, con independencia de la fecha de realización de las mismas, que no afectan a la originalidad o a su carácter histórico por haber sido habitual la realización de dichas reformas dentro del periodo de producción del modelo o con posterioridad a dicho periodo y hasta quince años después de haber finalizado la producción del mismo. Imprescindible anotación en Ficha Técnica.


reformas vehículo histórico POSTERIORES A LA CLASIFICACIÓN O MATRICULACIÓN
Se limita la posibilidad de reformas tras la clasificación del vehículo como histórico, puesto que solamente se admitirán aquellas encaminadas a restituir el vehículo a la versión de alguno de sus modelos o variantes originales.
LEGALIZAR SIDECAR Y MOTOCICLETAS HISTÓRICAS
Se permite la instalación de sidecar en las motocicletas.

